SANTO DOMINGO. La nueva Ley de Agrupaciones y Partidos Políticos vendría a transformar el sistema partidario dominicano al reglamentar por primera vez los gastos de campaña, establecer los tiempos y definir la metodología para la escogencia de los candidatos a cargos electivos.
La legislación, que fue objeto de debates por más de una década en el Congreso Nacional, está llamada a transparentar aspectos tan fundamentales como las cuotas para reservas de candidaturas de los partidos, la femenina, de la juventud, el padrón electoral, la fiscalización y control de las campañas, así como la renovación partidaria.
La disposición otorga facultades al Comité Central, la Comisión Ejecutiva, Comité Nacional o sus equivalentes para decidir la modalidad y método a utilizar a la hora de escoger a sus candidatos a cargos electivos, un punto que fue objeto de discordia entre los partidos.
Refiere que cuando se trate de primarias, estas serán celebradas de forma simultánea a más tardar el primer domingo del mes de octubre del año preelectoral y la Junta Central Electoral (JCE) tendrá que reglamentar, organizar, administrar, supervisar y arbitrar el proceso. Para las demás modalidades lo harán a más tardar el último domingo del mismo mes del año preelectoral.
La iniciativa establece que el periodo de la campaña interna o precampaña se iniciará el primer domingo de agosto y concluirá el último domingo del mes de octubre del año anterior al que se celebren las elecciones generales.
Uno de los puntos elementales de la propuesta es que fija topes en los gastos de la precampaña, otorgando RD$70.00, por cada elector hábilinscrito en el Registro Electoral a nivel nacional a la precandidatura presidencial; RD$60.00 para los cargos congresionales, de cada elector de la provincia o circunscripción correspondiente y RD$50 para los alcaldes. Serán RD$25 para los regidores, de cada persona inscrita en las demarcaciones, RD$100 para directores distritales y RD$25.00 para los vocales.
Además, prohíbe en la precampaña pintar calles, postes, árboles o cualquier propiedad pública, afiches vallas y toda propaganda que perjudique la estética urbana, el medio ambiente y sea considerada negativa. A ello se suma la promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación radial y televisiva, como la publicidad anónima.
También consagra la renovación de los puestos de dirección de los organismos partidarios de manera periódica y mediante mecanismos democráticos, sin que en ningún caso la duración de esos períodos exceda el tiempo para los cargos de elección popular cada cuatro años.
En el caso de la cuota de género consigna que no se admitirán listas de candidaturas para cargos de elección popular que contengan menos del 40 % y más del 60 % de hombres y mujeres. En torno a la juventud, los partidos deberán postular el 10 % de jóvenes hasta 35 años, en su propuesta nacional de las candidaturas.
De igual modo, reserva una cuota de un 20 % a la alta dirección de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos para la elección de candidatos.
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